Para la ejecución de los referidos reglamentos y el funcionamiento de los Cuerpos Colegiados se cuenta con lo siguiente:
La Lista de Elegibles que componen los CC; y La unidad de Cuerpos Colegiados.
Los miembros que integran la Lista de Elegibles de los Cuerpos Colegiados fueron designados por el Consejo Directivo del INDOTEL a través de las Resoluciones: (Establecido en el Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados que establece el procedimiento de evaluación y actualización de la referida lista).
- 076-02,
- 038-05,
- 003-09,
- 029-12,
- 032-17 ,
- 004-2021.
UNIDAD CUERPOS COLEGIADOS (UCC)
Unidad de los Cuerpos Colegiados (UCC): Es el órgano interno del INDOTEL perteneciente a la Dirección de Protección al Usuario que tiene a su cargo la coordinación y apoderamiento a los Cuerpos Colegiados de los Recursos de Queja interpuestos por los usuarios ante el INDOTEL a a los fines de que estos lo conozcan y lo decidan.
Cada Cuerpo Colegiado, está conformado por tres (3) miembros de distintas disciplinas que son escogidos de la Lista de Elegibles para conformar los Cuerpos Colegiados del INDOTEL.
Los Cuerpos Colegiados tienen un plazo de quince (15) días hábiles para tomar la decisión del o los Recursos de Queja sobre el cual le fueron apoderados. Las decisiones de los Cuerpos Colegiados son homologadas por el Director Ejecutivo del INDOTEL a fin de dotar de carácter ejecutorio sólo puede ser recurrida por ante el Tribunal Superior Administrativo.
BASE LEGAL Y REGLAMENTARIA
El Reglamento para la Solución de Controversias entre Usuarios y Prestadoras: Aprobado mediante resolución núm. 071-01, de fecha 9 de noviembre del 2001, modificada por las resoluciones Nos. 001-02 del 11 de enero de 2002, 124-05 del 25 de agosto de 2005, 150-05 del 6 de octubre del 2005, la 171-05 del 3 de noviembre de 2005, la 013-17 de fecha 22 de febrero del 2017 y la 091-2020 en fecha 25 de noviembre de 2020.
Este reglamento regula las normas y procedimientos que deben aplicarse a la reclamación que formule el usuario en contra de la prestadora y ante el INDOTEL.
El Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados del INDOTEL: Aprobado mediante resolución núm. 46-03, del 10 de abril de 2003, modificado parcialmente en fecha 12 de mayo de 2003 por la resolución núm. 054-03 y la 014-2021 de fecha 25 de febrero de 2021.
Este reglamento es un instrumento interno que regula la interacción entre los miembros de los cuerpos colegiados y el INDOTEL y la logística de las actuaciones y obligaciones que surgen de dichas personas frente al INDOTEL en cuanto al funcionamiento de los Cuerpos Colegiados (CC) y el desenvolvimiento de sus miembros.
PROCESO DE RDQ HASTA APODERAMIENTO A LOS CC
Lista de Elegibles para conformar los Cuerpos Colegiados del INDOTEL
Conforme a la última actualización de la Lista de Elegibles actualmente esta compuesta por cuarenta y siete (47) miembros mediante la resolución núm. 014-2021 de fecha 25 febrero de 2021.