Descripción del servicio

Una vez otorgada la concesión y, después de haber transcurrido como mínimo un (1) año a partir del inicio de la operación o prestación del servicio autorizado, el concesionario podrá solicitar una ampliación de su concesión, a fin de prestar nuevos servicios públicos de telecomunicaciones que no fueron contemplados en su concesión.

A quién va dirigido

Concesionarias

Departamento que lo ofrece

Consejo Directivo, Dirección Ejecutiva y Dirección de Autorizaciones

Información de contacto

Dirección: Ave. Abraham Lincoln, No. 962 , edificio Osiris

Requerimientos o requisitos

  • Nombre, dirección, números de teléfono y dirección de correo electrónico del solicitante y de su representante legal, así como número de cédula o documento de identificación personal de este último;
  • Número del Registro Nacional del Contribuyente (RNC);
  • Certificación de no-antecedentes penales, expedida por la Procuraduría General de la República, de los miembros del Consejo Directivo o de Administración, administradores, gerentes, representantes o cualquier mandatario de la solicitante;
  • Descripción de los servicios a suministrar;
  • Zona de servicio o Área Geográfica para la cual se solicita la Concesión;
  • Término de duración solicitado;
  • Cuando corresponda, documento que acredite la capacidad del apoderado del solicitante;
  • Modelo de los contratos de adhesión para servicios públicos finales, cuando corresponda;
  • En los casos de servicios de radiodifusión, una certificación de no objeción del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) o de la Junta de Aviación Civil.
  • En caso de que la solicitante sea una entidad del Estado, la solicitud tendrá que ser firmada por su máxima autoridad.

    B. Información Legal

    En los casos de sociedades comerciales:

    1. Copia de los Estatutos Sociales actualizados, cuyo objeto social deberá estar relacionado con la prestación de servicios de telecomunicaciones;
    2. Copia de la Lista de Suscripción y Estado de Pago de Acciones o Cuotas Sociales actualizada;
    3. Copia del Certificado de Registro Mercantil vigente, expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente;
    4. Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que haga constar que la solicitante se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
    5. Copia de los documentos mediante los cuales se verifique la vigencia de los mandatos otorgados a los funcionarios de la sociedad.

    En el caso de una asociación sin fines de lucro, organización no gubernamental u organización religiosa:

    1. Copia de los Estatutos actualizados;
    2. Copia del documento de incorporación expedido por la autoridad competente;

    Anexo Resolución Núm. 036-19 del Consejo Directivo 31 de mayo 2019 Página 10 de 43

    Las copias de los documentos de naturaleza legal correspondientes a personas jurídicas deberán ser copias certificadas por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente o por entidad de registro equivalente, en los casos que sea aplicable. En los casos donde la solicitante sea una asociación sin fines de lucro, organización no gubernamental u organización religiosa, la documentación presentada deberá ser copia de la registrada ante el Registro Civil correspondiente.

    Plan Mínimo de Expansión

    Todo solicitante de una concesión o de su renovación, deberá depositar conjuntamente con su solicitud un documento denominado “Propuesta de Plan Mínimo de Expansión”. De conformidad con la definición prevista en este Reglamento y sin perjuicio de lo ya establecido en la Ley, el Plan Mínimo de Expansión contendrá un programa detallado que el solicitante, una vez aprobada su solicitud de concesión, se compromete a ejecutar durante un período de tiempo de no menos cinco (5) años con la finalidad de expandir la prestación de los servicios autorizados dentro del área de cobertura solicitada.

    El Plan Mínimo de Expansión contendrá por lo menos, lo siguiente:

    1. Un cronograma de instalaciones y ampliaciones que presente cada una de las etapas contempladas para la ejecución del plan, los niveles de cobertura geográfica proyectados en cada etapa hasta cubrir toda la zona de interés.
    2. Especificación de los requisitos mínimos de calidad que se asumen como objetivos en relación con la prestación y explotación del servicio. De existir normas técnicas vigentes, dichas especificaciones deberán ser mejores o iguales a las establecidas en dichas normas.
    3. La inversión económica necesaria para cada una de las etapas de instalación y ampliación.
    4. El alcance en cuanto a usuarios o población que recibirá el servicio.

    El solicitante sólo podrá considerar dentro de su Plan Mínimo de Expansión, las instalaciones y ampliaciones de infraestructuras que estén vinculadas a la prestación del servicio solicitado para su autorización.

    Las informaciones contenidas en el Plan Mínimo de Expansión deberán guardar relación con el plan de negocios depositado conjuntamente con la solicitud.

    En el caso de una ampliación de concesión o expansión geográfica, se deberá presentar una modificación al Plan Mínimo de Expansión que incorpore la ampliación o expansión de los servicios solicitados, durante un período de tiempo no menor de cinco (5) años o el período restante de su concesión, el que sea menor.

    El plan mínimo de expansión es de obligado cumplimiento por parte del Concesionario, pudiendo el órgano regulador, ejerciendo su facultad de revisión de las condiciones en las que se presta el servicio, solicitar la presentación de una nueva propuesta de plan mínimo de expansión cada cinco (5) años de conformidad con lo que establece la Ley.

    D. Información Económica

    1. Los estados financieros auditados de los dos (2) últimos años de la entidad solicitante, o de sus accionistas, cuando aplique.
    2. Un plan de negocios, incluyendo toda la información de índole económica del proyecto para el período de vigencia de la Concesión, aportando información referente a las proyecciones por lo menos a los cinco (5) primeros años, expresadas en Pesos Dominicanos. Además se deberá incluir información que sustente las fuentes y los usos de fondos que requerirá el proyecto; debiendo contener, como mínimo, lo establecido a continuación:

    a. Plan de Inversión:

    - Inversión Inicial: Monto, fuente y distribución.

    - Inversión años siguientes: monto, fuente y distribución.

    b. Análisis de rentabilidad, solvencia y liquidez:

    - Ingresos esperados: fuente y proyección.

    - Gastos esperados: distribución y proyección.

    c. Cualquier otra información de índole económica que permita evaluar las condiciones financieras de la propuesta de negocios.

    3. En el caso de las asociaciones sin fines de lucro organizadas según la legislación aplicable y de las organizaciones religiosas, la información económica a ser presentada será aquella que evidencie los mecanismos de captación de los recursos necesarios para sostener los gastos operacionales del proyecto, conforme lo establecido en el Párrafo VII del Artículo 13 de este Reglamento.

    E. Información Técnica

    1. La topología general de la red destacando las tecnologías y equipos a emplearse y los planes de señalización y transmisión propuestos, cuando aplique. Deberán incluirse diagramas detallados indicando la interconexión de componentes, cuando sea aplicable, ubicación de las instalaciones, especificando las coordenadas GG. MM. SS, cuando sea aplicable.
    1. Una descripción de la propuesta para garantizar la seguridad de los datos en su flujo a través de la red y la confiabilidad de las comunicaciones, cuando aplique.

    En caso de que haya atrasos en su ejecución en los plazos establecidos, dicho concesionario deberá demostrar las causas que justifiquen su incumplimiento, debiendo el mismo solicitar una revisión a la Dirección Ejecutiva del INDOTEL, que evaluará la justificación de la causa y determinará la procedencia de esta solicitud. En caso de incumplimiento del plan mínimo de expansión, los contratos de Concesión contendrán las consecuencias que se deriven de ello incluyendo la restitución del espectro autorizado a utilizar bajo una Licencia, de conformidad con el artículo 18 del presente Reglamento.

    Duración de la Concesión

    • La Concesión podrá otorgarse por un período de tiempo no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) años.
    • La vigencia de la Concesión inicia a partir de la fecha de suscripción del correspondiente contrato de Concesión.

    A esta solicitud se le debe anexar la certificación de pago mediante el comprobante de ingreso emitido por la Dirección Financiera del Indotel. El pago puede ser mediante:

    • Transferencia o depósito por concepto de solicitud del servicio, realizado en el Banco de Reservas de la República Dominicana en la cuenta 240-005122-9.
    • Cheque certificado o cheque de administración girado a favor del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.

    Procedimientos a seguir

    Horario de prestación

    De lunes a viernes desde 8:30am hasta las 04:00pm

    Costo

    RD$ 60,000.00

    Tiempo de realización

    170 días

    Canal de Prestación

    Presencial: Depositar documentación en la Recepción de Documentos del Indotel ubicado en el primer piso del edificio Osiris, Ave. Abraham Lincoln, No. 962, Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional.

    BASES LEGALES

    Información adicional


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    30 de junio de 2024

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    Me estafaron

    5 de junio de 2024

    Fui Altice a alquiló un móvil nuevo, pero un joven me puso una línea sin mi autorización y me había dicho que la fina era para el pago del teléfono que compré, ya teniendo una línea telefónica me caso otra hizo como que me había vendido el móvil pero solo me lo estaba financiando

    Luz Esther