Descripción del servicio

Tanto las Entidades de Certificación como las Unidades de Registro son autorizadas para operar por un plazo de 5 años en el territorio nacional. Cumplido ese plazo, se requiere realizar un procedimiento de renovación para continuar operando. Este procedimiento contempla desde la realización de la solicitud por parte de los sujetos regulados, hasta la verificación exhaustiva de todo el cumplimiento de normas técnicas o procedimentales. La obtención de la renovación está condicionado a un dictamen favorable de auditoria.

A quién va dirigido

Entidad de Certificación ya autorizadas por el INDOTEL, con más de 5 años de operación.

Departamento que lo ofrece

Dirección de Ciberseguridad, Comercio Electrónico y Firma Digital, puntualmente el Departamento de Firma Digital

Información de contacto

Tel.: Tel.: 829-378-6187
Fax: 829-473-8576
Dirección: Edificio Osiris, Av. Abraham Lincoln, No. 962

Requerimientos o requisitos

Se debe presentar una Solicitud de renovación de la autorización (en formato físico o digital) y presentar los documentos relacionados a la prestación del servicio electrónico de confianza que brindan los sujetos regulados, estos documentos son: 

  1. Políticas de Certificación de la Entidad de Certificación; 
  2. Manual de Procedimientos; 
  3. Plan de Seguridad; 
  4. Plan de Cese de Actividades; 
  5. Plan de Contingencia; 
  6. Políticas de Protección de Datos Personales; y 
  7. El reconocimiento de certificados extranjeros por parte del prestador de servicios de confianza en caso de que aplique. 

A esta solicitud se le debe anexar la certificación de pago, El pago puede ser mediante:

Transferencia o depósito del costo correspondiente a su solicitud en el Banco de Reservas de la República Dominicana Núm. 240-005122-9 a nombre del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.

Indicar en el concepto, tanto para depósito como transferencia, el nombre del solicitante y enviar un correo haciendo referencia a su solicitud a correspondencia@indotel.gob.do   

 

Procedimientos a seguir

Las Entidades de Certificación podrán seguir operando, una vez sea emitida la Resolución de Renovación del Servicio aprobada por el Consejo Directivo del INDOTEL, que autoriza para seguir operando como sujeto regulado de la Ley Núm. 12602 

Horario de prestación

De lunes a viernes desde 8:30am hasta las 04:00pm

Costo

Auditoria Ordinaria (en caso de que la realice el INDOTEL), RD$ 30,000.00 pago único. 

Costo Anual de Autorización o Registro de Entidad de Certificación, RD$ 6,000.00 pago anual.

Tiempo de realización

Treinta días (30) hábiles, contados a partir del momento en que el solicitante complete satisfactoriamente los documentos solicitados y coordine con nuestros Auditores la auditoría correspondiente.  

Canal de Prestación

Digital:  Todos los documentos relativos a su solicitud, deberán ser enviados a correspondencia@indotel.gob.do

BASES LEGALES

  • Ley Núm. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital; o Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 126-02 (Decreto Núm. 335-03 de fecha 8 de abril de 2003). 
  • Resolución Núm. 094-06, Que actualiza los valores de los costos, Derechos y Multas aplicables a las Entidades Reguladas por la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital. 
  • Resolución Núm. 071-19. Norma Complementaria que establece la equivalencia regulatoria del sistema Dominicano de la ICP y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza y la Norma Complementaria sobre procedimientos de autorización y acreditación. 

Información adicional

Documentos relacionados

Formulario de autorización para prestar servicios de certificación digital


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