Descripción del servicio
Tanto las Entidades de Certificación como las Unidades de Registro son autorizadas para operar por un plazo de 5 años en el territorio nacional. Cumplido ese plazo, se requiere realizar un procedimiento de renovación para continuar operando. Este procedimiento contempla desde la realización de la solicitud por parte de los sujetos regulados, hasta la verificación exhaustiva de todo el cumplimiento de normas técnicas o procedimentales. La obtención de la renovación está condicionado a un dictamen favorable de auditoria.
A quién va dirigido
Departamento que lo ofrece
Información de contacto
Requerimientos o requisitos
- Políticas de Certificación de la Entidad de Certificación;
- Manual de Procedimientos;
- Plan de Seguridad;
- Plan de Cese de Actividades;
- Plan de Contingencia;
- Políticas de Protección de Datos Personales; y
- El reconocimiento de certificados extranjeros por parte del prestador de servicios de confianza en caso de que aplique.
A esta solicitud se le debe anexar la certificación de pago, El pago puede ser mediante:
Transferencia o depósito del costo correspondiente a su solicitud en el Banco de Reservas de la República Dominicana Núm. 240-005122-9 a nombre del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.
Indicar en el concepto, tanto para depósito como transferencia, el nombre del solicitante y enviar un correo haciendo referencia a su solicitud a correspondencia@indotel.gob.do
Procedimientos a seguir
Horario de prestación
De lunes a viernes desde 8:30am hasta las 04:00pmCosto
Auditoria Ordinaria (en caso de que la realice el INDOTEL), RD$ 15,000.00 pago único.
Costo Anual de Autorización o Registro de Entidad de Certificación, RD$ 6,000.00 pago anual
Tiempo de realización
Treinta días (30) hábiles, contados a partir del momento en que el solicitante complete satisfactoriamente los documentos solicitados y coordine con nuestros Auditores la auditoría correspondiente. Canales de Prestación del servicioCanal de Prestación
Digital: Todos los documentos relativos a su solicitud, deberán ser enviados a correspondencia@indotel.gob.do
BASES LEGALES
- Ley Núm. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital; o Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 126-02 (Decreto Núm. 335-03 de fecha 8 de abril de 2003).
- Resolución Núm. 094-06, Que actualiza los valores de los costos, Derechos y Multas aplicables a las Entidades Reguladas por la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital.
- Resolución Núm. 071-19. Norma Complementaria que establece la equivalencia regulatoria del sistema Dominicano de la ICP y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza y la Norma Complementaria sobre procedimientos de autorización y acreditación.
Información adicional
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