Descripción del servicio

La autorización inicial para operar como Entidades de Certificación es efectiva solo sobre los servicios para los cuales el INDOTEL ha emitido su autorización. La incorporación de nuevos servicios por parte de una Entidad de Certificación requiere de un nuevo proceso de autorización para los servicios adicionados.

A quién va dirigido

Entidades de Certificación Autorizadas

Departamento que lo ofrece

Dirección de Ciberseguridad, Comercio Electrónico y Firma Digital y Dirección Ejecutiva

Información de contacto

Tel.: Teléfonos: (829) 732-5555 – (809) 960-2843

Requerimientos o requisitos

Toda solicitud de autorización para la Incorporación de nuevos Servicios Electrónicos de Confianza, deberá contener todas las informaciones técnicas de los nuevos servicios a incorporar:

a) Políticas de Certificación para las cuales solicita autorización;

b) Manual de Procedimientos;

c) Plan de Seguridad;

d) Plan de Cese de Actividades;

e) Plan de Contingencia;

f) Política de Protección de Datos Personales;

g) Informe de Evaluación a la Conformidad según lo dispuesto por el artículo 41 de la Norma por la que se establece la equivalencia regulatoria del sistema dominicano de infraestructura de claves públicas y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza.

Procedimientos a seguir

a) Recibida la solicitud de autorización, el INDOTEL procederá a analizar la admisibilidad de la misma mediante la verificación de los antecedentes requeridos, en un plazo de diez (10) días hábiles.

b) De ser inadmisible la solicitud, dentro de los tres (3) días hábiles se procederá a comunicar al solicitante tal situación. En dicha comunicación, se otorgará plazo no inferior a quince (15) días hábiles, para que complete los antecedentes, información o documentación, bajo la advertencia de ser rechazada la solicitud.

c) Una vez admitida la solicitud, el INDOTEL procederá a un examen sobre el cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidas por la Ley No. 126-02 y su Reglamento de Aplicación. Este examen se realizará mediante una auditoria de inicio, ya sea por el INDOTEL o por terceros, certificando dentro del plazo de noventa (90) días hábiles contados desde la fecha de la admisibilidad de la solicitud, prorrogables por una vez e igual período y por motivos fundamentados, que el interesado cumple los requisitos y obligaciones para ser autorizado.

d) El dictamen resultante de la auditoria de inicio será comunicado al solicitante dentro del plazo de tres (3) días de producido. En el mismo se señalarán, si correspondiera, los incumplimientos y el plazo otorgado al solicitante para subsanarlos.

e) En caso de que el dictamen sea satisfactorio, el solicitante dispone de un plazo de veinte (20) días hábiles, a partir de efectuada la comunicación, para presentar la póliza de seguros que exige la normativa, so pena de ser rechazada la solicitud.

Incumplimiento de los requerimientos técnicos o de procedimientos

a) En caso de que el INDOTEL determine que la Entidad de Certificación no cumple con los requerimientos fijados en las normas para el desarrollo de la actividad, emitirá un dictamen donde señalará si estos incumplimientos son subsanables, y si no afectan el correcto funcionamiento del sistema ni los fines previstos en la Ley No. 126-02, su Reglamento de Aplicación y las normas complementarias aprobadas por el INDOTEL.

b) En caso de que los incumplimientos no sean subsanables, el INDOTEL procederá a dictar una resolución en la que rechaza la solicitud de autorización.

c) Si los incumplimientos son subsanables y no afectan el correcto funcionamiento del sistema ni los fines previstos en la Ley No. 126-02, su Reglamento de Aplicación y las normas complementarias, el INDOTEL otorgará un plazo para la subsanación de los incumplimientos. El dictamen de la evaluación y el plazo otorgado para subsanar los incumplimientos serán comunicados al solicitante dentro de los tres (3) días de producido el dictamen.

d) Vencido dicho plazo, el INDOTEL verificará si se han aplicado las medidas correctivas, y procederá a dar continuidad al trámite en caso afirmativo o a dictar una resolución rechazando la solicitud de autorización. Dicha verificación deberá ser llevada a cabo por el INDOTEL dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo o la notificación por parte del solicitante de que las tareas correctivas han sido concluidas.

Estado de resolución del trámite

Una vez que el dictamen de la auditoría de inicio certifique que el interesado cumple los requisitos y obligaciones para ser autorizado, se considera que la solicitud se encuentra en estado de resolución.

Otorgamiento de la Autorización

Dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la certificación de que la solicitud se encuentra en estado de resolución, se formalizará la autorización a través de una Resolución del Consejo Directivo, firmada por su Presidente.

La Resolución por la cual el INDOTEL concede autorización para funcionar como Entidad de Certificación dispondrá la inscripción del autorizado en el Registro de Entidades de Certificación.

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la citada Resolución, la misma será publicada, junto con las Prácticas de Certificación y las Políticas de Certificación, en el boletín del INDOTEL.

Horario de prestación

De lunes a viernes desde 8:30am hasta las 04:00pm

Costo

Costo de la solicitud: RD$20,000.00

Costo de la Auditoría Inicial: RD$45,000.00

Costo Anual de la Inscripción: RD$6,000.00

Otros costos según el servicio solicitado (pago único): Solicitud para prestación de servicios de Generación y Emisión de Certificados Digitales Cualificados: RD$5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de Generación y Emisión de Sellos Electrónicos Cualificados: RD$5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de Gestión de Datos de Creación de Firmas y Sellado Cualificado: RD$5,000.00

Solicitud para Prestación de servicios de validación de Firmas Electrónicas, Firmas Electrónicas Avanzada y Firmas Electrónicas Cualificadas: RD$5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de conservación de Firmas Electrónicas, Firmas Electrónicas Avanzada y Firmas Electrónicas Cualificadas : RD$ 5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de Generación y Emisión de Certificados Cualificados de Sitios Web: RD$5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de Sellado de Tiempo y Estampado Cronológico: RD$5,000.00

Solicitud para prestación de servicios de Entrega Electrónica Certificada Único: RD$5,000.00

Tiempo de realización

180 días hábiles a partir de la recepción de los documentos al INDOTEL.

Canal de Prestación

Canales de prestación del servicio: Presencial: Deberá depositar la solicitud por escrito, vía la Dirección Ejecutiva en la Recepción de Documentos del INDOTEL ubicado en el edificio Osiris, Ave. Abraham Lincoln, No. 962, Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional.

Digital: Deberá presentar su solicitud mediante correo electrónico correspondencia@INDOTEL.gob.do

BASES LEGALES

Ley No. 126-02 sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Decreto No. 335-03 que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Resolución No. 060-2020 que actualiza los valores de los costos, derechos y multas aplicables a las entidades reguladas por la Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Resolución No. 071-19 que dicta la Norma Complementaria por la que se establece la equivalencia regulatoria del sistema dominicano de infraestructura de claves públicas y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza y la norma complementaria sobre procedimientos de autorización y acreditación.

Información adicional

Documentos relacionados

Resolución No. 071-19

Que dicta la norma complementaria por la que se establece la equivalencia regulatoria del Sistema Dominicano de Infraestructura de Claves Públicas y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza y la norma complementaria sobre procedimientos de autorización y acreditación.

Fecha de subida: septiembre 11, 2019

Tamaño del archivo: 1,3 MB


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2,9
Valorado con 2,9 de 5
2,9 de 5 estrellas (basado en 23 reseñas)
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Pagos fuera de mi tarifa fija

Valorado con 4,0 de 5
30 de abril de 2024

En noviembre del 2023 solicite un servicio de internet,cable y teléfono solo pudieron poner el internet y el telefono porque no habia fibra optica para cable…pues los 7 de cada mes me toca pagar fijo 1,545 pesos los cuales he pagado puntual hasta este mes de abril 2024 me todo estaba bien cuando fui a vimenca a pagar por todopago no tenia saldo pendiente solo lo que me correspondia resulta que al.pasar los dias me dicen que tengo una deuda pendiente de 1,831 pesos lo cual no es mi cuota y que no debo porque estaba al dia me toca pagar 1,545 el 7 de mayo que aun no llega los llamo a CLARO y no atienden antes lo hacian les escribo por instagram y me dejan en visto yo no voy a pagar ese saldo cuando yose que estoy al dia con todo.

Francheska garcia

Altice no hace las cancelacion cuando uno quiere cancelar el servicio para despues ponerte en legal y ponerte una deuda que tu no esperas porque pinsa que ya cancelaste # de caso 88350985

Valorado con 5,0 de 5
25 de abril de 2024

Hace un ano pase por la sucursal de megacentro a cancelar un servicio porque tenia mas de 6 meses sin usarlo porque disque tenia un problema de la fibra optica , los empleado no tiene buen servicio al cliente especifica mente mega centro, san vicente y autopista de san isidro quieren que te quede con ello y no quieren cancelar para despues que no hacen la cancelacion ponerte en legal y de cuatas que pagas por 1500 peso pasan dos meses creyendo que canelaste y te meten a legal por un monto de 25000 peso fui hacer otra reclamacion por el internet de mi herman que tambien se tomo 8 meses pagandolo sin interne ,por que la fibra optica estaba aberiada y los tegnico no encontraban el problema. en ese momento me entero que tengo una deuda de 2 meses con altice cuando ya fui a cancelar anterior .no quicieron recivir el pago para mandarlo a legal y ahora tengo una oficina de abogado llamado con una mala educacion y ofendiendo . altice tiene malos empleado que no saben hablar con un usuario que esta fustrado con un servicio que no sirve. no hay departamento de en altice para resolver un problema , por eso 8 meses de pago solo recivi ( escusa) y ahora una oficina de abogado llamando 24/7 # de caso 88350985

Angel Casilla

Altice

Valorado con 4,0 de 5
22 de marzo de 2024

Altice hace cambios sin consultar al titular pero las consecuencias la tienen que pagar uno

Junior

Penalidad injustificada

Valorado con 4,0 de 5
19 de marzo de 2024

Estoy indignada por el abuso que la compañía telefónica altice está cometido conmigo, hace cinco meses estoy tratando de realizar la cancelación de un servicio y no me lo permiten, alegando que debo pagar una supuesta penalidad de $ 11,193.00 por un disque contrato de dos años que aparece en el sistema, lo cual es falso ya que al momento de presentarme en la sucursal san Cristóbal con los aparatos y el pago del último mes de servicio recibido, hacían 22 meses que tenía al día mis pagos, por lo que procedí a realizar una reclamación y me pidieron llevar hasta un contrato d e alquiler y nunca recibí respuesta , transcurrió más de un mes sin respuesta por lo que acudí a Dan Tawn donde realicé una segunda reclamación y d e igual manera sin respuesta, acudí por tercera vez a la oficina san Cristóbal y allí me comunica un joven que estoy en legal y que yo debí pasar antes a pagar la ya mencionada suma.

Presente un documento donde está registrado que mi contrato era de 18 meses no de 24 como aparece luego en el sistema.

Debo mencionar que las razones por las cuales no continúe con el servicio es que altice no tenía el servicio en donde me mudé.

Agradecería cualquier ayuda para ya no tener que escuchar esa molesta llamada que me hace uno de sus representantes legales cada día.

Denny Victorino

Penalidad por cancelacion de servicio

Valorado con 4,0 de 5
14 de marzo de 2024

Tengo una situacion con Altice Dominicana debido que solicite un servicio con dicha compañía y su empleado por vender el servicio me indico que no tenia penalidad por cancelar el servicio que podia retirarlo cuando quisiera, resulta que me cancelaron de la empresa donde laboraba y me dirijo a la oficina a pagar el monto adeudado y le pregunto a la empleado puedo cancelar el servicio porque me cancelaron del trabajo y no puedo seguir pagando y me indica que si puedo para proceder a cancelar y que pase a la oficina principal de San Cristóbal, cuando paso por dicha oficina me indican que debo llamar por telefono para poder cancelar y la representante me informa que debo pagar una penalidad de RD$ 20,000.00 para poder cancelar el servicio,donde antes de solicitar el servicio fue lo primero que le pregunte al representante y cuando salde el monto que devia tambien le pregunte y me dijeron que no tenia penalidad, no puedo seguir con el servicio soy madre soltera de 3 niños y al estar desempleada no puedo con los gastos por eso procedo a pagar y posterior cancelacion del servicio, por favor necesito de su ayuda ya que no quiero tener problemas futuros y es un abuso por parte de la compañia ya que sus empleado por vender un servicio engañan a los usuarios

Cesarina Sánchez