Descripción del servicio

Este servicio consiste en una solicitud de autorización para el uso del espectro radioeléctrico ya sea para servicios públicos o privados según corresponda, de conformidad con la Ley General de las Telecomunicaciones No. 153-98.

A quién va dirigido

Titulares de Concesiones o Inscripciones en Registros Especiales.

Departamento que lo ofrece

Consejo Directivo, Dirección Ejecutiva, Dirección de Autorizaciones y Dirección de Espectro Radioeléctrico.

Información de contacto

Tel.: (829) 732-5555 Ext. 6171
Correo: correspondencia@indotel.gob.do

Requerimientos o requisitos

Los interesados en obtener una Licencia, deben presentar la correspondiente solicitud de este servicio al Indotel, por vía de su Dirección Ejecutiva, mediante una carta conteniendo la solicitud del servicio en un (1) original y dos (2) copias de las siguientes informaciones:

A. Información General

  1. Zona de servicio o área geográfica de cobertura del servicio que solicita.

B. Información Técnica

  1. Formularios técnicos elaborados por el INDOTEL para la solicitud de Licencia debidamente completados. Formulario de solicitud de licencia para servicios privados de Radiocomunicación.
  2. Las características de los equipos y las infraestructuras a ser utilizadas.

Los titulares de licencias otorgadas para la operación de servicios privados de radiocomunicaciones, podrán solicitar al INDOTEL la sustitución de las frecuencias asignadas. En estos casos, el INDOTEL podrá requerir al solicitante la información que estime necesaria para aprobar la solicitud de cambio. El Consejo Directivo del INDOTEL, evaluará la necesidad del cambio, y lo aprobará dependiendo de la disponibilidad de frecuencias atribuidas para estos servicios.

A esta solicitud se le debe anexar la certificación de pago mediante el comprobante de ingreso emitido por la Dirección Financiera del Indotel El pago puede ser mediante:

- Transferencia o depósito por concepto de solicitud del servicio, realizado en el Banco de Reservas de la República Dominicana en la cuenta 240-005122-9.

- Cheque certificado o cheque de administración girado a favor del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.

Procedimientos a seguir

Procedimiento para obtener el servicio

En caso de que la Licencia sea solicitada por el titular de una Concesión o Inscripción en Registro Especial vigente, seguirá el procedimiento que se señala a continuación:

  1. Dentro de un plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de Licencia, el INDOTEL revisará la solicitud y notificará al solicitante a través de su Dirección Ejecutiva si esta se encuentra incompleta o incorrecta, o en una de las condiciones señaladas en los artículos 8 y 9 del presente Reglamento.
  1. En caso de que la solicitud esté incompleta o incorrecta, el solicitante podrá, enmendar la misma. Todas las enmiendas o correcciones a la solicitud original, deberán ser presentadas de conformidad con el Artículo 4 de este Reglamento, y dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la notificación del INDOTEL, a pena de declaración de caducidad.
  1. Dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha en que la solicitante haya presentado correctamente su solicitud, el Consejo Directivo del INDOTEL decidirá, mediante Resolución que deberá estar firmada por su Presidente, la aprobación o rechazo de la solicitud de Licencia.

El INDOTEL velará porque la asignación de frecuencias no contribuya a configurar una posición de dominio en el mercado o restricción al desarrollo de la competencia, para lo cual está facultado a establecer las restricciones que procedan en resoluciones debidamente motivadas.

Si la solicitud es aprobada, la resolución que aprueba la solicitud y otorgue la licencia incluirá el licenciatario, frecuencia, servicio, zona geográfica o coordenadas geográficas, potencia, ancho de banda, clase de emisión, altura de la antena, conforme corresponda.

Las asignaciones otorgadas por el INDOTEL para el uso de las frecuencias deberán tener total conformidad con las atribuciones consignadas en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) y en ningún caso se podrá realizar una asignación de una frecuencia para un servicio que no esté debidamente atribuido en el PNAF. Toda asignación de frecuencias realizada en contra del PNAF es nulo de pleno derecho y no produce efectos.

Horario de prestación

De lunes a viernes desde 8:30am hasta las 04:00pm

Costo

Licencia vinculada a una concesión (máximo pares de frecuencias por solicitud) RD$50,000.00. Inscripción y Licencia para la operación de servicios privados de radiocomunicaciones (máximo 5 pares de frecuencias por solicitud) RD$20,000.00.

Tiempo de realización

Cuarenta (40) días calendario, si el solicitante deposita desde inicio toda la información requerida de manera correcta.

Canal de Prestación

Presencial: Depositar documentación en la Recepción de Documentos del Indotel ubicado en el primer piso del edificio Osiris, Ave. Abraham Lincoln, No. 962, Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional.

BASES LEGALES

Ley General de las Telecomunicaciones No. 153-98, que constituye el marco regulatorio básico que se ha de aplicar en todo el territorio nacional, para regular la instalación, mantenimiento y operación de redes, la prestación de servicios y la provisión de equipos de telecomunicaciones.

Resolución No. 010-01, que establece de manera provisional las condiciones para la operación de los equipos que utilicen la tecnología de modulación de espectro disperso en la República Dominicana.

Reglamento de Concesiones, Inscripciones en Registros Especiales y Licencias para prestar servicios de telecomunicaciones en la República Dominicana.

Resolución No. 029-07, que aprueba la Reventa para servicios públicos de Telecomunicaciones.

Resolución No. 168-07, que aprueba las modificaciones realizadas sobre la Resolución 010-01 del Consejo Directivo del Indotel y establece de manera definitiva las condiciones para la operación de los equipos que utilicen la tecnología de modulación de espectro disperso en la República Dominicana.

Resolución NO. 036-15, que fija las tasas por procesamientos de servicios ante el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).

Resolución No. 070-18, que Revisa los Valores Establecidos en la Resolución 036-15 que Fija las Tasas por Procesamiento de Servicios ante el Indotel e Introduce Modificaciones de Oficio.

Resolución No. 064-11, Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF).

Información adicional

Documentos relacionados

Formulario de información técnica de estaciones radioeléctricas


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Valorado con 2,9 de 5
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Altice no hace las cancelacion cuando uno quiere cancelar el servicio para despues ponerte en legal y ponerte una deuda que tu no esperas porque pinsa que ya cancelaste # de caso 88350985

Valorado con 5,0 de 5
25 de abril de 2024

Hace un ano pase por la sucursal de megacentro a cancelar un servicio porque tenia mas de 6 meses sin usarlo porque disque tenia un problema de la fibra optica , los empleado no tiene buen servicio al cliente especifica mente mega centro, san vicente y autopista de san isidro quieren que te quede con ello y no quieren cancelar para despues que no hacen la cancelacion ponerte en legal y de cuatas que pagas por 1500 peso pasan dos meses creyendo que canelaste y te meten a legal por un monto de 25000 peso fui hacer otra reclamacion por el internet de mi herman que tambien se tomo 8 meses pagandolo sin interne ,por que la fibra optica estaba aberiada y los tegnico no encontraban el problema. en ese momento me entero que tengo una deuda de 2 meses con altice cuando ya fui a cancelar anterior .no quicieron recivir el pago para mandarlo a legal y ahora tengo una oficina de abogado llamado con una mala educacion y ofendiendo . altice tiene malos empleado que no saben hablar con un usuario que esta fustrado con un servicio que no sirve. no hay departamento de en altice para resolver un problema , por eso 8 meses de pago solo recivi ( escusa) y ahora una oficina de abogado llamando 24/7 # de caso 88350985

Angel Casilla

Altice

Valorado con 4,0 de 5
22 de marzo de 2024

Altice hace cambios sin consultar al titular pero las consecuencias la tienen que pagar uno

Junior

Penalidad injustificada

Valorado con 4,0 de 5
19 de marzo de 2024

Estoy indignada por el abuso que la compañía telefónica altice está cometido conmigo, hace cinco meses estoy tratando de realizar la cancelación de un servicio y no me lo permiten, alegando que debo pagar una supuesta penalidad de $ 11,193.00 por un disque contrato de dos años que aparece en el sistema, lo cual es falso ya que al momento de presentarme en la sucursal san Cristóbal con los aparatos y el pago del último mes de servicio recibido, hacían 22 meses que tenía al día mis pagos, por lo que procedí a realizar una reclamación y me pidieron llevar hasta un contrato d e alquiler y nunca recibí respuesta , transcurrió más de un mes sin respuesta por lo que acudí a Dan Tawn donde realicé una segunda reclamación y d e igual manera sin respuesta, acudí por tercera vez a la oficina san Cristóbal y allí me comunica un joven que estoy en legal y que yo debí pasar antes a pagar la ya mencionada suma.

Presente un documento donde está registrado que mi contrato era de 18 meses no de 24 como aparece luego en el sistema.

Debo mencionar que las razones por las cuales no continúe con el servicio es que altice no tenía el servicio en donde me mudé.

Agradecería cualquier ayuda para ya no tener que escuchar esa molesta llamada que me hace uno de sus representantes legales cada día.

Denny Victorino

Penalidad por cancelacion de servicio

Valorado con 4,0 de 5
14 de marzo de 2024

Tengo una situacion con Altice Dominicana debido que solicite un servicio con dicha compañía y su empleado por vender el servicio me indico que no tenia penalidad por cancelar el servicio que podia retirarlo cuando quisiera, resulta que me cancelaron de la empresa donde laboraba y me dirijo a la oficina a pagar el monto adeudado y le pregunto a la empleado puedo cancelar el servicio porque me cancelaron del trabajo y no puedo seguir pagando y me indica que si puedo para proceder a cancelar y que pase a la oficina principal de San Cristóbal, cuando paso por dicha oficina me indican que debo llamar por telefono para poder cancelar y la representante me informa que debo pagar una penalidad de RD$ 20,000.00 para poder cancelar el servicio,donde antes de solicitar el servicio fue lo primero que le pregunte al representante y cuando salde el monto que devia tambien le pregunte y me dijeron que no tenia penalidad, no puedo seguir con el servicio soy madre soltera de 3 niños y al estar desempleada no puedo con los gastos por eso procedo a pagar y posterior cancelacion del servicio, por favor necesito de su ayuda ya que no quiero tener problemas futuros y es un abuso por parte de la compañia ya que sus empleado por vender un servicio engañan a los usuarios

Cesarina Sánchez

Internet comprado no suministrado

Valorado con 5,0 de 5
13 de marzo de 2024

Quiero compartir una queja.

Cuando a uno se le acaban los gigas en claro da opción de comprar el turbo y así volver la velocidad y los gigas sin embargo, las veces que lo he comprado solo pierdo porque la velocidad siempre sigue siendo la misma aunque reinicie el teléfono. Creo que eso está muy mal. Que lo corrijan, le pasa a todos con los que he hablado esto.

Leokandis Galva S.